La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso del Ayuntamiento de Barcelona contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que declaró nulo el artículo 75.2 del Reglamento Orgánico Municipal de Barcelona aprobado por el Pleno de la Corporación el 29 de diciembre de 2015, y que había sido impugnado por la Abogacía del Estado al entender que infringía la obligatoriedad de la presencia en el Salón de Sesiones o de Plenos de la efigie del Rey que dispone el artículo 85.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF) de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto de 28 de noviembre de 1986. Fuente original:
https://www.europapress.es/nacional/noticia-ts-desestima-recurso-barcelona-le-obliga-tener-efigie-rey-salon-plenos-20210706160228.html