María es nuestra ganadora
27 diciembre, 2022
Día del Padre 2023
2 marzo, 2023
Show all

BONO COMERCIO

CAMPAÑA BONO COMERCIO VILLA DE FERNAN NUÑEZ 2022-2023

OBJETIVO

El objetivo de esta a campaña es promocionar y dinamizar el sector comercial local, estimulando las compras durante el periodo de vigencia del programa BONO COMERCIO 2022, concienciando a los consumidores en la necesaria contribución al comercio del Municipio como generador de riqueza, creación del empleo y motor de la actividad económica.

AMBITO DE APLICACIÓN

El ámbito de aplicación de esta campaña será el término municipal del Fernán Nuñez.

COMERCIOS PARTICIPANTES

Empresas con la consideración de autónomo, microempresa, pequeña y media empresa (PYME), con sede en Fernan Nuñez, que desarrollen actividades de comercio y sector servicios excepto los siguientes grupos CNAE (farmacias, estancos, gasolineras, comercios de alimentación y bares):

  • Grupo 47.26 comercio al menor de productos de tabaco en establecimientos especializados.
  • Grupo 47.3 comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados.
  • Grupo 47.8 comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos.
  • Grupo 47.9 comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta en mercadillos.
  • CNAE 4773- Comercio al por menor de productos farmacéuticos en establecimientos especializados
  • CNAE 5630 – Establecimientos de bebidas
  • CNAE 472- Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en establecimientos especializados

Los comercios participantes en el programa tendrán que inscribirse en un formulario habilitado en el que detallarán sus datos y aportarán la documentación requerida:

  • Certificado de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias.
  • Certificado de encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
  • Certificado del alta en el IAE o modelo 036 que permita comprobar la actividad de comercio minorista de la pyme, así como la sede social de la empresa

La fecha de inscripción es desde el 8 al 15 de febrero de 2023, ambos inclusive.

DURACION DE LA CAMPAÑA

Hasta agotar bonos disponibles

DESARROLLO DE LA CAMPAÑA

Se podrán en circulación 1943 BONOS de 5€ que permitirán obtener descuentos de los que se beneficiarán las personas consumidoras.

Dichos bonos se repartirán de forma uniforme entre todos los comercios locales inscritos en tiempo y forma a la campaña Bono Comercio 2022-23.

El comercio entregará un bono por compras iguales o superiores a 20€  en su establecimiento, para su posterior canje en cualquiera de los establecimientos adheridos al programa.

Podrá participar en la campaña cualquier persona mayor de 18 años y su participación implica la aceptación de estas bases.

Los bonos tendrán impreso el periodo durante el cual serán canjeables, pasado el cual, CADUCARÁN.

Procedimiento de “canje” de bonos comercio

  • El establecimiento deberá tener en lugar visible los indicativos (carteles) que indican su condición de establecimiento adherido al proyecto “bonos comercio” que le serán proporcionados por la organización.
  • El bono comercio podrá ser canjeado por el portador (descontado su importe del total consumido) cualquier día, a cualquier hora dentro del horario de apertura del establecimiento.
  • El cliente portador del bono deberá entregarlo, debidamente relleno,  en el momento de abonar su compra descontando su importe del total y pasando el bono a ser custodiado por el establecimiento participante para su posterior pago por AEFN.
  • El establecimiento deberá conservar junto al bono entregado por el cliente, DEBIDAMENTE RELLENO, la factura simplificada (en adelante ticket) [emitida conforme a la legislación vigente] sobre la que se ha practicado el descuento para posteriormente entregar ambos a AEFN como parte del procedimiento de facturación y cobro.

Según el importe de la compra, el portador podrá canjear los bonos según las siguientes pautas:

  • Por una compra mayor o igual a 20€ se podrá canjear un bono comercio de 5€.
  • Por una compra mayor o igual a 40€ se podrán canjear dos bonos comercio de 5€.
  • No se podrán canjear más de dos bonos en la misma compra, independientemente del importe de la misma.

La organización declina toda responsabilidad ante una factura simplificada o  ticket no emitido correctamente conforme a la legislación vigente o por ser de un establecimiento que no cumpla los requisitos.

No está permitido el fraccionamiento del precio de un artículo en varias facturas. Si se detectase dicha incidencia por la organización se perdería el derecho a obtener abonos por parte del comprador en un futuro y el comercio quedaría excluido de los establecimientos cuyos tickets dan derecho a “bono comercio”.

No podrán participar en esta campaña promocional, los titulares de los establecimientos participantes con tickets de su propio establecimiento comercial. Sí pueden hacerlo, en cambio, con tickets de otros establecimientos participantes con los que no tienen este tipo de relación.

INCRIPCIONES/JUSTIFICACION/ PAGO DE BONOS A COMERCIOS PARTICIPANTES

Inscripciones comercios participantes

Los establecimientos de comercio y servicios interesados en participar en esta promoción, para que en su establecimiento se puedan canjear los “bonos comercio” por parte de los portadores de los mismos y posteriormente le sean abonados por Asociación de Empresarios y autónomos de Fernan Nuñez, deberán inscribirse (de forma gratuita) dándose de alta a través del formulario de inscripción existente desde el 8 al 15 de febrero de 2023 (incluido éste). Junto con la ficha de inscripción se debe aportar la documentación referida anteriormente. https://forms.gle/ihb7bBTemeQ3Gtw89

  • La inscripción de un establecimiento no tendrá la consideración de válida (tras haberla rellenado y presentado) hasta que haya sido revisada, dada por correcta y recibida confirmación de su aprobación e inclusión en el listado de establecimientos adheridos por parte del personal de la Asociacion de Empresarios y autónomos de Fernan Nuñez
  • Caso de considerarse la inscripción “no válida” se le comunicará al establecimiento los motivos y si es posible subsanar la incidencia (dentro del plazo límite ya indicado).
  • Caso de considerarse la inscripción “valida”, también se le comunicará al establecimiento tal circunstancia y, pasará a formar parte del listado de establecimientos adheridos a la campaña y por tanto en su establecimiento los beneficiarios del ”bono comercio” podrán canjearlo una vez comience el periodo de canje. Caso de modificación de fechas la organización lo hará público.
  • Tal y como se expresa en el formulario de inscripción, el establecimiento inscrito y adherido acepta estas bases (y su mejor interpretación por parte de la organización).

Procedimiento de facturación comercios participantes de bono comercio para su abono.

  • El establecimiento deberá conservar todos los Bonos comercio utilizados por los clientes, así como las facturas simplificadas sobre los que se ha producido el canje.
  • Tanto los bonos como sus facturas asociados deben ser entregados a AEFN que, tras su comprobación y que sea dado por correcto lo presentado, procederá al pago de los mismos mediante transferencia bancaria (nº de cuenta bancaria que el establecimiento debe proporcionar a AEFN) en los 30 días siguientes al término de la campaña.
  • La fecha “tope” para presentación de los bonos y facturas se establece como máximo hasta el 10 de abril de 2023 (incluido éste). Fuera de esa fecha de presentación no será pagado ningún bono.
  • Cada comercio podrá canjear un máximo de 100 bonos (500,00 €). El comercio participante será responsable del recuento de bonos canjeados, en caso de superar el límite de 100 bonos la Asociación de Empresarios no se hace responsable del pago dicho exceso.

PROMOCIÓN:

La difusión de esta campaña se realizará:

Consentimiento expreso para el tratamiento de datos de carácter personal

En nombre de la asociación tratamos la información que nos facilita con el fin de gestionar la organización, asistencia y control de eventos, actividades y sorteos organizados por la asociación. Los datos proporcionados se conservarán hasta que finalice el evento.

En cuanto a la legitimación del tratamiento estará fundamentada por el consentimiento del asistente o usuario que se presta en ese momento.

La asociación no cederá datos a terceros, salvo obligación legal

Si lo desea, puede dirigirse a la asociación con el fin de ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión oposición, derecho a la limitación del tratamiento y portabilidad de sus datos. Por otro lado, si lo ha facilitado, tendrá derecho a retirar el consentimiento prestado y el derecho a reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Las categorías de los datos que se tratan son carácter identificativo. El origen de los datos es el propio interesado. Los colectivos interesados serán clientes y usuarios asociados o miembros.

Comments are closed.